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Jesús María
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El día 03 de junio de 2022, se publicó en el diario El Peruano el Decreto Supremo N° 008-2022-SA, mediante el cual se actualizó el listado de actividades de alto riesgo, comprendidas en el Anexo 5 del Reglamento de la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA.

Entre otras disposiciones especiales, las empresas que realicen las actividades comprendidas en el nuevo listado estarán obligados a:

  • Contratar el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo  (SCTR) para los trabajadores que realicen las mismas.
  • REALIZAR OBLIGATORIAMENTE LOS EXÁMENES MÉDICOS DE INGRESO Y DE SALIDA, sin prejuicio de las reglas específicas aplicables a los exámenes obligatorios en cada sector.
  • Ajustar la periodicidad de sus auditorías obligatorias del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo a cada dos años.
  • Verificar el cumplimiento de los requisitos del profesional de la salud encargado de la vigilancia por exposición a la COVID-19, de acuerdo con el Anexo 1 de la Resolución Ministerial N° 1275-2021-MINSA.

El nuevo listado entrará en vigencia a partir del 03 de julio del 2022.