Salud OcupacionalSalud OcupacionalSalud Ocupacional
Av. Máximo Abril 552
Jesús María
995061534
Salud OcupacionalSalud OcupacionalSalud Ocupacional

El día 03 de junio de 2022, se publicó en el diario El Peruano el Decreto Supremo N° 008-2022-SA, mediante el cual se actualizó el listado de actividades de alto riesgo, comprendidas en el Anexo 5 del Reglamento de la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA.

Entre otras disposiciones especiales, las empresas que realicen las actividades comprendidas en el nuevo listado estarán obligados a:

  • Contratar el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo  (SCTR) para los trabajadores que realicen las mismas.
  • REALIZAR OBLIGATORIAMENTE LOS EXÁMENES MÉDICOS DE INGRESO Y DE SALIDA, sin prejuicio de las reglas específicas aplicables a los exámenes obligatorios en cada sector.
  • Ajustar la periodicidad de sus auditorías obligatorias del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo a cada dos años.
  • Verificar el cumplimiento de los requisitos del profesional de la salud encargado de la vigilancia por exposición a la COVID-19, de acuerdo con el Anexo 1 de la Resolución Ministerial N° 1275-2021-MINSA.

El nuevo listado entrará en vigencia a partir del 03 de julio del 2022.